Banco Agrario. La caja menor del gobernante de turno.
1º Crédito de Banco Agrario a Navelena.
Prestamo por $120 mil millones. 2015 Crédito de Banco Agrario a Navelena. Banco de
Occidente. La Contraloría determinó el
detrimento en $135.805 millones, por créditos que el BAC, Banco Agrario le hizo
a Navelena, cuyo dueño es la multinacional Odebrecht. Se trata de 2
préstamos, por $70 mil millones y $50 mil que, según el ente de control, no
debieron ser otorgados por la reputación de Odebrecht, y porque la posibilidad
de que fueran pagados estaba supeditada al cierre financiero del proyecto y a
las condiciones de terminación anticipada del convenio. Aunque se suponía
que los créditos debían ser para la recuperación del río Magdalena, la
Contraloría encontró que, el crédito de $50 mil millones, se destinó al pago de
una deuda con el Banco de Occidente.
Según la investigación, el banco estatal no estudió lo riesgos a los que
se exponía, pues no tuvo en cuenta el escándalo de Odebrecht en Brasil, que ya
era ampliamente conocido cuando el Banco decidió aprobar y desembolsar los
créditos. El organismo
dice que para junio 20 del 2015, cuando se otorgaron los créditos ya era
conocido que 5 directivos de Odebrecht habían sido detenidos por las
autoridades de Brasil por los escándalos de los sobornos. Aunque algunos delegados del banco intervinieron y afirmaron que
esto implicaba un riesgo reputacional, aun así el préstamo continuó su trámite
y fue otorgado.
Además, tampoco se hizo un
análisis sobre el flujo de caja, que era incierto para esa época, y no se
avizoraron las dificultades de pago que podrían generarse, dice la
investigación.
Para la Contraloría es claro que el banco también desconoció la
normatividad de esa entidad y la de la superfinanciera en materia de créditos y
garantías.
Otra de las irregularidades es que aunque la junta
directiva del banco había aprobado unas condiciones para el crédito, fueron
modificadas por instancias internas sin realizar una consulta.
Esas modificaciones tuvieron como origen un concepto del abogado de
Navelena “sin que las instancias del BAC que conocieron del mismo hubieran
realizado un análisis serio de la garantía o hubieran consultado con la
Fiduciaria de Occidente y, lo más importante, sin que hubieran informado a la
Junta Directiva del Banco las
modificaciones adoptadas en relación con las garantías, para que sus miembros
pudiera analizar y tomar una decisión seria y suficientemente informada sobre
las mismas”, dice la auditoría hecha por la Contraloría Delegada para el Sector
de Gestión Pública e Instituciones Financieras.
Añade que las condiciones que se cambiaron fueron específicamente las que
tenían que ver con la garantía de pago del crédito, y las exigencias ante
incumplimiento.
1.2º Radiografía de un préstamo espinoso. Un concepto
jurídico que llegó tarde, tasas mal calculadas y, en general, modificaciones
irregulares quedan expuestas en el informe de auditoría del BAC sobre $120 mil
millones desembolsados al consorcio conformado por la multinacional Odebrecht.
Desde
el interior del BAC se habían cambiado las condiciones que la junta directiva
de esa entidad había estipulado para los desembolsos del crédito por $120.000
millones aprobado a Navelena en noviembre de 2015. Se trata del préstamo
otorgado al consorcio al que se le encargó recuperar la navegabilidad del río
Magdalena y que está compuesto en un 13,3 % por Valorcon y en 86,5 % por
Odebrecht, la firma brasileña que entregó us11 millones en sobornos a cambio de
contratos de construcción de infraestructura y que está en la mira de las
autoridades de varios países por sus tentáculos de corrupción.
Las conductas de los
funcionarios del banco fueron consignadas en un informe de auditoría interna de
la entidad. Allí se recoge el paso a paso de las modificaciones que se hicieron
a las condiciones del préstamo que fue solicitado por Navelena el 26 de agosto
de 2015, aprobado por la junta directiva el 12 de noviembre del mismo año y
desembolsado los días 17 y 22 del mes siguiente, en montos de $70.000 millones
y $50.000 millones, respectivamente. Al mismo tiempo, en el documento, se
señalan las “debilidades de control interno y de gobierno corporativo” en el
único banco público del país.
Fueron suspendidos de sus cargos
el gerente de asesoría jurídica del negocio, Juan Carlos Orjuela, y el
vicepresidente que estaba encargado de la banca comercial en el momento de los
desembolsos efectuados a Navelena, Alejandro Jiménez. Este último fue apartado
ahora de la gerencia de banca empresarial y la Fiscalía le imputará el cargo de
delito de falsedad en documento el próximo 15 de marzo. Entre las faltas que la
auditoría interna le achaca a Jiménez está haber aprobado el cálculo de las
tasas preferenciales que se dieron en el crédito a Navelena a partir de
ingresos “establecidos sobre la base de expectativas futuras” del área
comercial y no ingresos reales.
El
informe de auditoría estudió el crédito desde su origen, análisis y decisión,
constitución de garantía, desembolso y recuperación de la cartera. Advierte
que, de entrada, no hay “una solicitud formal por parte de Navelena para el
trámite de un crédito por $120.000 millones, por cuanto la existente en los
soportes documentales sólo asciende a $100.000 millones”. Es decir, Navelena en
principio pidió prestados $100.000 millones, pero, de alguna manera, el monto
que llegó a la consideración de la junta directiva que aprobó el crédito es
superior en $20.000 millones. Según la auditoría, sólo hubo una “manifestación
vía correo electrónico de la Vicepresidencia de Banca Comercial en donde se
indica a esta oficina que el aumento del monto obedece a la variación en los
gastos preoperativos que ocurre en el lapso de agosto a septiembre de 2015”.
Asimismo, señala que funcionarios de la
entidad ignoraron o no tuvieron en cuenta las condiciones tanto financieras
como reputacionales de Odebrecht. A septiembre de 2015, las cifras de Norberto
Odebrecht Colombia, titular del 25 % de Navelena, “aun cuando reflejan un
significativo incremento de los ingresos que pasaron de $27.864 millones en
2014 a $74.094 millones, por el impacto en los costos y gastos arrojan pérdidas
operacionales por $3.881 millones, las cuales, aunadas por el rubro de otros
egresos, conllevaron a que las pérdidas netas ascendieran a $7.204 millones”.
Agrega que, si bien el hecho de que las pérdidas superen ampliamente el valor
del capital de la compañía no impide la posibilidad de otorgamiento del crédito
en cabeza de Navelena, “sí es un factor de riesgo inherente sobre el cual no
figura mención alguna ni en las presentaciones comerciales ni en el estudio
realizado por la gerencia de análisis de crédito”, dice la auditoría.
Inoportuno
fue el concepto jurídico que se emitió con respecto a la reputación de
Odebrecht. Para el trámite de la operación a cargo de Navelena, “la gerencia de
Asesoría Jurídica del Negocio, adscrita a la Vicepresidencia Jurídica, emite un concepto 13 días después de la
aprobación por parte de la junta directiva, es decir, el 25 de noviembre, en
donde plasma su opinión sobre la ausencia de inhabilidad para contratar con la
firma Odebrecht en Colombia”.
Llama la atención en el informe
de auditoría que quienes se pronuncian sobre la posibilidad de que esa empresa
pueda contratar, a pesar de las circunstancias legales que enfrentaban en ese
momento en Brasil Odebrecht y sus directivos, son los abogados externos Ricardo
Hoyos Duque, presidente del Consejo de Estado, y Jaime Bernal Cuéllar,
procurador, así como las firmas Arrieta Mantilla y Asociados y Jaime Lombana
Villalba & Abogados.
Gran
parte de las 31 páginas de la auditoría se extiende en la minucia de las
modificaciones a las condiciones con base en las cuales la junta directiva dio
su visto bueno al crédito. Entre ellas estaba que el banco tuviera en custodia
el contrato de fiducia suscrito entre Navelena y Fiduciaria de Occidente, que
la vicepresidencia comercial se asegurara de que BAC quedara como beneficiario
de la fuente de pago y, además, que esa misma vicepresidencia certificara que
Cormagdalena reconociera al banco como “acreedor financiero de la etapa de
preconstrucción” y autorizara modificar el contrato de fiducia suscrito entre
Navelena y Fiduoccidente. Eso, básicamente, garantizaba que al banco se le pagara
sí o sí, y con prioridad respecto a cualquier otro acreedor, pero las
condiciones fueron cambiadas.
Según
la comunicación 981 del 16 de diciembre, conocida por este diario, la
vicepresidenta de crédito y cartera, Marcela Ferrán, le informa al vicepresidente
de banca comercial, Alejandro Jiménez, que el comité de crédito, la primera
instancia que estudia la solicitud del préstamo, decidió “aclarar el texto de
la garantía del crédito” aprobada por la junta directiva. Eso, según la misma
981, se hizo con base en otra comunicación del mismo día de la gerencia de
asesoría jurídica, a cargo de Juan Carlos Orjuela y la vicepresidencia de banca
comercial, en la que “se indica que no es necesario tener en custodia el
contrato en original de fiducia mercantil irrevocable de administración,
garantía, fuente de pago y pagos suscrito entre Navelena S. A. S. y la
Fiduciaria de Occidente S. A., dado que el certificado emitido por la
Fiduciaria de Occidente es suficiente”.
Pero, además, el 17 de
diciembre, el día del primer desembolso, la vicepresidencia de crédito y
cartera, el gerente nacional de análisis de crédito, la subgerente de crédito
empresarial y oficial, el profesional sénior de análisis financiero y la
coordinadora de crédito empresarial y oficial informaron al vicepresidente de
banca comercial que el mismo comité de crédito de la vicepresidencia de crédito
decidió “modificar el texto de las condiciones previas al desembolso” del
crédito. Según la comunicación 0992 de esa fecha, se eliminó el requisito de que
Navelena incluyera al BAC como beneficiario de la fuente de pago de la fiducia
y de certificar que Cormagdalena reconociera al banco como acreedor financiero
de la etapa de preconstrucción y la modificación del contrato de fiducia
mercantil.
Finalmente,
el 22 de diciembre, día del segundo desembolso, por $50.000 millones, el comité
de crédito hizo otra ‘aclaración’, firmada por Irleana Martínez, profesional
sénior de análisis financiero, y Édgar Velasco, coordinador de crédito: dado
que no era necesario tener original del contrato de fiducia, “el banco deja en
custodia la copia”.
Lo
irregular de estos hechos parte de la base de que, según la política
institucional del BAC, cualquier modificación de las condiciones financieras y
de garantías de una operación de crédito debe ser aprobada por el estamento que
dio originalmente el visto bueno. Es decir, a la luz de eso, la única que
podría haber modificado las reglas de juego era la junta directiva, y así lo
reconoce la misma auditoría.
Ahora
bien, ¿por qué estaba encargado Alejandro Jiménez en la vicepresidencia de
banca comercial? Fuentes del BAC confirmaron que la titular de esa dependencia,
Mónica Santamaría, estaba ocupando el cargo de vicepresidenta encargada de
Banca Agropecuaria, después de que, por decisión de la junta directiva,
Magdalena Fandiño dejara esa función.
Se informó sobre diferencias
que, existían entre miembros de la junta directiva y el expresidente del BAC,
Francisco Solano, quien estaba en el cargo al momento de la aprobación del
crédito a Navelena. La razón era que el órgano directivo tenía en buen concepto
a Fandiño, pero Solano no se sentía a gusto trabajando con ella. Posterior a la
remoción de la funcionaria por parte de la junta directiva, que accedió a la
petición de Solano, este último decidió cambiar a otros dos vicepresidentes, lo
cual no cayó bien en la junta.
En
un artículo publicado el 2 de julio, Francisco Solano explicó: “Hice unos
cambios que creí que eran necesarios para el banco, normales. Cuando los 3 cambios, al otro día salió que en Bancolombia
habían cambiado a 4. Consideraba que había cosas por mejorar… que haya tenido
un timing desafortunado, en una coyuntura complicada, sobre todo por los temas
de la junta. Se mezclaron dos variables independientes por una decisión de la
asamblea en la que no tengo nada que ver, en el cambio en los miembros
independientes de la junta”.
¿Qué
sigue? El BAC espera la audiencia de caducidad del contrato de alianza
público-privada entre Cormagdalena y Navelena, que se llevará a cabo el próximo
ocho de marzo, en vista de que el consorcio no cumplió con el cierre financiero
el pasado 22 febrero, fecha en que terminaba el último plazo que la Corporación
había otorgado. El banco estima que el dinero del crédito se estaría
recuperando aproximadamente en mayo.
El
informe de auditoría sugiere la inexperiencia o por lo menos la descoordinación
que en el momento del desembolso existía en el banco y que hizo cambiar de
parecer una y otra vez sobre la naturaleza del crédito: “La carencia en el interior
del banco de una línea de crédito para la financiación de una operación
catalogada en principio como un crédito puente en un proyecto de
infraestructura, que se ajustara a las condiciones del mercado sin tener que
acudir a condiciones excepcionales para obrar en consecuencia, determinó que en
las etapas de análisis posteriores se propusiera como un cupo de tesorería, se
aprobara como crédito con destino a inversión y finalmente se desembolsara como
una operación de capital de trabajo que, además, a la fecha aparece nombrada en
el sistema como un mejoramiento de perfil de deuda por defectos asociados a la
falta de coherencia entre las etiquetas que identifican las líneas de crédito
en los diferentes módulos del sistema”.
Según
documentos publicados: Entre 2007 y 2016 el BAC aprobó recursos por más de $2,1
billones a empresas del sector de infraestructura.
Allí
están incluidas las garantías bancarias de casi medio billón de pesos sobre las
que informó este diario en enero pasado y otorgadas para proyectos de vías de
cuarta generación, respaldos que fueron aprobados con un plazo de 12 meses
renovables, entre febrero y julio de 2016, apenas meses después de que el BAC
estableció la política y las normas que rigen la expedición de ese tipo de
garantías, procedimiento que fue reglamentado internamente en 2016.
Además
de las determinaciones disciplinarias que se tomaron dentro del banco, con
respecto al gerente Orjuela y el vicepresidente Jiménez, la entidad está
evaluando cómo mejorar el proceso de aprobación de créditos, que, a la luz del
informe de auditoría, está en mora desde hace rato.
El
proceso sobre las irregularidades en el crédito seguirá en la Procuraduría, la
Contraloría y la Fiscalía, ante la cual el minagricultura, Aurelio Iragorri, y
el secretario de Transparencia de la Presidencia de la República, Camilo
Enciso, interpusieron denuncia penal. “Es penoso que el ministro y el
secretario de Transparencia escurran sus responsabilidades en los subalternos,
cuando la junta directiva siempre conoció que Marcelo Odebrecht estaba preso y
que el riesgo reputacional era un hecho objetivo y protuberante, a pesar de los
‘sesudos’ conceptos de pomposos y costosos abogados externos”.
2º Banco Agrario y Estraval. $20
mil millones detrimento patrimonial.
Lo estableció la Contraloría, derivado de la celebración y ejecución del
contrato de compra de cartera de libranza a descuento celebrado por el BAC y
Estraval.
En virtud del mencionado negocio de
compra de cartera, el BAC compró a Estraval créditos de libranza no vencida,
originados por varias cooperativas, por valor de $24.126 millones,
correspondiente a 5.359 libranzas, y le delegó a Estraval funciones esenciales,
como lo eran la administración, el cobro y el recaudo de dicha cartera.
La Contraloría estableció que BAC no
dio cumplimiento a su Manual de Políticas de Crédito que exigía que el
vendedor de cartera se encontrara legalmente constituido y tuviera experiencia
mínima de 3 años en la originación de libranzas, ni su trayectoria en la
celebración y ejecución a satisfacción de ese tipo de contratos, como tampoco
existe soporte alguno que demuestre que el BAC obtuvo conocimiento de las
políticas y procedimientos de crédito de las cooperativas que otorgaban los
créditos, originadoras.
BAC desconoció las disposiciones de la superfinanciera
que establecen la obligación del comprador de cartera de “Conocer y tener
debidamente documentadas las políticas y procedimientos de crédito del
originador en cada uno de los procesos”.
Se encontraron deficiencias en el
proceso de valoración y estructuración del modelo de negocio de compra de
cartera de libranza por parte del BAC, “al no realizar la evaluación integral
de los riesgos asociados a la operación, entre ellos el riesgo de contraparte,
pues Estraval fue un intermediario que asumió obligaciones y responsabilidades
propias del negocio, como fueron las consistentes en administrar, cobrar y
recaudar los valores que componían la cartera, para posteriormente transferir
tales recursos al BAC”., explica el informe de auditoría.
Aunado al hecho de que la empresa que
custodiaba los títulos y toda la documentación física de la cartera objeto de
compra, fue contratada directamente por Estraval bajo su cuenta, riesgo y
costos.
Con miras a recuperar $19.666.496.435,
el BAC solicitó al Liquidador de Estraval
ser reconocido en el proceso liquidatorio como acreedor de Estraval y subsidiariamente como afectado; no
obstante, no fue reconocido como afectado.
2.1º Banco y Estraval. Otras situaciones que
originaron el detrimento patrimonial. No se demostró si el BAC, obtuvo pleno conocimiento
acerca de los procedimientos, políticas y trayectoria de Estraval en los
procesos de administración, seguimiento, recaudo y transferencia de los
recursos provenientes de la cartera vendida, con lo cual el BAC hubiese podido
identificar los riesgos adicionales que suponían la intervención de una persona
jurídica a cuyo cargo se establecieron las importantes labores de administrar,
realizar el cobro de la cartera y transferirla al comprador.
No obstante que en marzo de 2015
Estraval había sido sometida a control de la supersociedades; que en marzo y
abril del mismo año diferentes dependencias del BAC habían advertido
situaciones que ponían en riesgo el negocio y consideraban inconveniente continuar
los vínculos contractuales que se tenían con Estraval, y que desde abril de
2015 Estraval comenzó a demorar las transferencias de las cuotas recaudadas, el
BAC no adoptó ni ejecutó acciones o medidas eficaces y oportunas frente a tales
situaciones, que alertaban riesgos de incumplimiento del contrato y, con ello,
pérdida de los recursos.
El BAC se limitó a realizar gestiones
de cobranza ordinarias, como si Estraval fuera deudor de un contrato de mutuo,
y a suspender las compras a Estraval para no incrementar su exposición al
riesgo, pero ante el riesgo inminente de no obtener a futuro el recaudo de la
cartera no realizó gestión temprana alguna, ni tomó medidas oportunas y
eficaces como la que el mismo contrato le permitía, consistente en la revocatoria
del mandato de administración y recaudo.
Fue solo hasta el 2 de junio de 2016
que el BAC tomó la decisión de revocar el mandato de administración y recaudo
de la cartera, fecha en la cual la supersociedades ya había admitido la
reorganización Empresarial de Estraval y como medida cautelar había ordenado
poner a su disposición los recursos de Estraval, motivo por el cual el BAC no
pudo obtener la transferencia de las sumas que ya se habían descontado en los
créditos de libranza.
Finalmente, no se evidenció la
supervisión, el seguimiento y control a la ejecución del contrato, por cuanto
no hubo evaluación de los requisitos documentales de las libranzas de manera
previa a la ejecución del crédito; no se ejecutaron medidas correctivas
tendientes a subsanar los riesgos identificados previamente y durante la
ejecución del contrato; no se generaron informes que den cuenta de las medidas
tomadas en el momento en que Estraval incumplió con la transferencia de los
recursos en el plazo pactado, ni cuando suspendió de manera definitiva los
pagos al BAC.
En consecuencia, se constituyó hallazgo
fiscal en cuantía de $19.666.496.435, que corresponde al saldo de capital
$15.926.494.432, más la prima $3.740.002.203.
Según información suministrada por el
Liquidador, Estraval cuenta con activos equivalentes a $41.449 millones, que
debe destinar, en primer orden, a cancelar las reclamaciones por valor superior
a $549.000 millones, de personas naturales y jurídicas que han sido reconocidos
como “afectados”, situación que no cobija al BAC.
2.2º Cronología de la liquidación de
Estraval. La supersolidaria,
ha liquidado a 6 cooperativas de libranzas, y ha abierto investigaciones a más
de 12 cooperativas por el caso Estraval. La Fiscalía imputó cargos contra
miembros de Estraval por captación masiva e ilegal de dinero.
La supersociedades ordenó la liquidación de sus
bienes en septiembre de 2016 para Estraval, con el objetivo de restituir el
dinero a sus víctimas. Desde el 15 de abril de 2015, Estraval S.A. comenzó a
incurrir en mora en la transferencia de los flujos de la cartera recaudada,
hasta que en el mes de marzo de 2016 cesó totalmente en su obligación de
realizar las transferencias de los recursos al BAC.
El 2 de junio de 2016, el BAC toma la
decisión de revocar el mandato de administración, cobro y recaudo de cartera,
para asumir dichas actividades de manera directa, es decir, cuando Estraval ya
había entrado en liquidación judicial ante la supersociedades, entidad que
había ordenado poner a su disposición los recursos de Estraval, como medida
cautelar emitida en auto del 26 de mayo de 2016.
25 de mayo de 2016 la supersociedades
admitió en proceso de reorganización Empresarial a Estraval;
14 de junio de 2016 decretó la apertura
del proceso de liquidación judicial de los bienes de Estraval
31 de agosto de 2016 decretó la
liquidación Judicial como medida de intervención de los bienes, haberes,
negocios y patrimonio de Estraval por captación masiva y habitual no autorizada
de recursos del público.
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